¿Qué es el voluntariado?

¿Qué es el voluntariado?
El voluntariado es un concepto complejo con diferentes acepciones y maneras de entenderlo. En las próximas líneas se plasman definiciones formales de voluntariado realizadas por diferentes instituciones o entidades, para finalmente tratar de exponer y explicar cómo entendemos nosotras el voluntariado.
Para entender qué es el voluntariado, comenzaremos exponiendo lo que NO es voluntariado en nuestra opinión:
-Trabajos o actuaciones remuneradas.
-Acciones derivadas del mandato judicial (por ejemplo, Trabajos en Beneficio de la Comunidad).
-Trabajos o acciones llevadas a cabo de manera obligada.
-Las prácticas educativas del alumnado en prácticas.
-No debería sustituir profesionales contratadas/os.

Concepto de voluntariado:
Ley estatal de Voluntariado: Ley 45/2015, de 14 de octubre, de Voluntariado: La primera ley que reguló el voluntariado a nivel estatal fue la Ley 6/1996, de 15 de enero, del Voluntariado. Actualmente, tras veinte años y diferentes cambios social y de la realidad de la acción voluntaria, dicha ley ha quedado derogada con la nueva Ley 45/2015, de 14 de octubre, de Voluntariado.
Esta ley define el concepto en su artículo 3 de la siguiente manera:
“el conjunto de actividades de interés general desarrolladas por personas físicas, siempre que reúnan los siguientes requisitos: a) Que tengan carácter solidario. b) Que su realización sea libre, sin que tengan su causa en una obligación personal o deber jurídico y sea asumida voluntariamente. c) Que se lleven a cabo sin contraprestación económica o material, sin perjuicio del abono de los gastos reembolsables que el desempeño de la acción voluntaria ocasione a los voluntarios de acuerdo con lo establecido en el artículo 12.2. d) Que se desarrollen a través de entidades de voluntariado con arreglo a programas concretos y dentro o fuera del territorio español sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 21 y 22”.

Ley vasca del Voluntariado: Ley 17/1998, de 25 de junio, de Voluntariado.La Ley Vasca por su parte define el concepto en su artículo 2:
“se entiende por voluntariado el conjunto de actividades de interés general desarrolladas por personas físicas, siempre que se realicen en las siguientes condiciones: a) De manera desinteresada y con carácter solidario. b) Voluntaria y libremente, sin traer causa de una relación laboral, funcionarial o mercantil, o de una obligación personal o deber jurídico. c) A través de organizaciones sin ánimo de lucro, y con arreglo a programas o proyectos concretos. d) Sin retribución económica. e) Sin sustituir, en ningún caso, servicios profesionales remunerados”.
Quisiéramos hacer mención en relación a la acción voluntaria a que en la Comunidad Autónoma del País Vasco, en el año 2000 se creó “el Censo General de Organizaciones de Voluntariado como catálogo público de los recursos de voluntariado vascos y fondo documental que coordine los distintos foros existentes” (Gobierno Vasco 2006, p. 8). En 2001 se constituyó “el Consejo Vasco de Voluntariado (CVV) como órgano de encuentro, asesoramiento y consulta en materia de voluntariado” (Gobierno Vasco, 2006, p.8). En 2003 se elaboró el I Plan Vasco de Voluntariado.

Como podéis apreciar, el concepto de voluntariado es definido de manera muy similar en ambas leyes. Sin embargo, la ley vasca hace alusión a que el voluntariado nuca deberá sustituir la contratación de personales, como mencionábamos nosotras arriba; mientras que la estatal no menciona nada al respecto.

*Quisiéramos visibilizar el lenguaje sexista utilizado en ambas leyes, que tanto caracteriza al lenguaje jurídico en general. Ambas leyes exponen “De los voluntarios” en vez de utilizar “De las personas voluntarias” (ley estatal en su artículo 8, y la vasca en su artículo 5). Nos parece importante señalarlo, para visibilizar que en el contexto actual (la ley estatal es de 2015) aún se utiliza un lenguaje sexista, incluso en los textos normativos, aquellos que rigen una sociedad…

Partiendo de lo establecido por la legislación, cada organización tiene su propia manera de entender el voluntariado:

"El voluntariado es una forma de participación social en el que las personas ofrecen su tiempo, su experiencia, su conocimiento, sus competencias y su trabajo para el desempeño, sin contraprestación económica, de una labor solidaria. Supone una opción personal, libre y altruista de colaboración con una organización social no lucrativa" (Batekin, 2016).

La Plataforma del Voluntariado de España (PVE) por su parte, ha consensuado la siguiente definición del voluntariado con distintas entidades y plataformas: “La Acción Voluntaria organizada es aquella que se desarrolla dentro de una organización sin ánimo de lucro por personas físicas que, de manera altruista y solidaria, intervienen con las personas y la realidad social, frente a situaciones de vulneración, privación o falta de derechos u oportunidades para alcanzar una mejor calidad de vida y una mayor cohesión y justicia social como expresión de ciudadanía activa organizada”(Plataforma del Voluntariado de España, 2017).

¿Qué es la Plataforma del Voluntariado de España?
La Plataforma de Voluntariado de España (PVE) es una organización no gubernamental que es el referente de la coordinación, promoción y sistematización de la acción voluntaria en España, así como de la difusión del voluntariado y la acción solidaria a nivel estatal. Está integrada por 79 organizaciones de ámbito estatal así como por plataformas autonómicas y provinciales ubicadas por todo el Estado, que en su conjunto representan a más de 29.000 asociaciones.
Alguna de las organizaciones miembro de la PVE son: Cruz Roja Española, Cáritas, Comisión Española de Ayuda al Refugiado (CEAR), Asociación Española contra el Cáncer, (AECC), Federación Estatal de Lesbianas, Gays, Transexuales y Bisexuales, Save The Children, Oxfam Intermón, etc.
La Plataforma del Voluntariado de España participa en la elaboración de políticas y programas de voluntariado, defiende los intereses y la independencia de las ONG que la integran y actúa como portavoz en foros nacionales e internacionales del Tercer Sector de Acción Social.


Queremos resaltar que hay definiciones que no contemplan una actuación esporádica como voluntariado, como por ejemplo la expuesta en la ley; pero nosotras consideramos que sí lo es ya que entendemos que cada persona se implica en la medida que puede o quiere. Por ello, a pesar de que sea una actuación esporádica la consideramos voluntariado, al igual que lo hacen algunas organizaciones como Radix2 o Zaharra Harro, entre otras.
Por otro lado, expuestas diferentes definiciones del concepto de voluntariado que no hacen alusión a ello, nos preguntamos “si éste es una acción "neutra" políticamente, o si su compromiso debe ser realmente transformador, también político” (Mendia, 2017, p. 2).

¿Debe tener el voluntariado una dimensión política, reivindicativa y transformadora?
Nosotras consideramos que sí, que el voluntariado adquiere una dimensión política, revindicativa y transformadora en la medida que las personas, como sujetos activos en interacción constante con el medio, pueden ser protagonistas activas de la historia colectiva y así lo manifiesta Falcón:
El voluntariado hace de lo personal política, al tiempo que desarrolla formas alternativas de convivencia; (…) no acepta la dicotomía público /privado del discurso liberal, politiza y moviliza la vida cotidiana y el ámbito privado, no se contenta con subordinar la esfera sociocultural a la político-administrativa y se configura, junto a la totalidad de los nuevos movimientos sociales, como espacio de política no-institucional (Falcón, 1997, p. 7).

Referencias bibliográficas:

Batekin [en línea], http://batekin.org/ [Consulta: 10-02-2017].

Gobierno Vasco (marzo de 2017). Voluntariado Vasco 2005: Análisis de un compromiso. Recuperado de
https://egela1617.ehu.eus/pluginfile.php/656424/mod_resource/content/1/voluntariado2005.pdf

Falcón, Enrique (1997). Dimensiones políticas del voluntariado (de la promoción al cambio de estructuras). Cristianisme i Justícia, 79. Recuperado de: http://www.dwvalencia.com/claver/Documentos/dimensiones%28e_falcon%29.pdf

Ley 45/2015, de 14 de octubre, de Voluntariado. BOE nº 247, de 15 de octubre de 2015, pp. 95764- 95784.

Ley 17/1998, de 25 de junio, de Voluntariado. BOPV nº 130, de 13 de julio de 1998, pp. 12943- 12954.


Mendia, Rafael (14 de abril de 2017). El voluntariado. Un compromiso de transformación social. Recuperado de
https://egela1617.ehu.eus/pluginfile.php/656427/mod_resource/content/1/el%20voluntariado.pdf

Plataforma del Voluntariado de España, PVE [en línea], http://www.plataformavoluntariado.org/quienes-somos.php [Consulta: 18-04-2017].

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En definitiva, un voluntariado proactivo que promueva la Nueva Ciudadanía democrática[1].


[1]Es un concepto reciente que implica la pertenencia a un espacio físico, por el mero hecho de residir en un país, siendo o no siendo nacional. Otorgando, no sólo la titularidad de deberes, sino también de derechos en lo relativo a la igualdad material. Recuperado de (22 de febrero del 2017):  https://faridbentria.com/materias/nueva-ciudadania/

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